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Socio Titular

 

Para ser SOCIO TÍTULAR se requiere reunir los siguientes requisitos:

1. Ser Cirujano Dentista colegiado.
2. Tener como mínimo 3 años de ejercicio profesional.
3. Demostrar permanente interés por el progreso de la odontopediatría.
4. Haber seguido un mínimo de 3 cursos organizados por la Sociedad Peruana de Odontopediatría o haber obtenido el Título de Especialista en Odontopediatría conferido por una universidad reconocida del país o del extranjero, debidamente revalidado.
5. Ser propuesto ante el Consejo Directivo por 2 miembros activos hábiles quienes firmarán la solicitud de ingreso que deberá ser enviada junto al curriculum vitae con la documentacion sustentatoria correspondiente.

Estipulaciones y obligaciones de los socios

 

ARTÍCULO 13º
Los miembros de la ASOCIACIÓN SOCIEDAD PERUANA DE ODONTOPEDIATRÍA, deben pagar su cuota societaria y estar al día en sus cotizaciones a más tardar el 30 de julio de cada año.

ARTÍCULO 14º
El Consejo Directivo consultará a la Asamblea General de miembros para producir la vacancia de los asociados que adeuden cuotas ordinarias o extraordinarias por más de dos años, no obstante haber cesado en sus atribuciones y derechos.

ARTÍCULO 15º
Los asociados podrán renunciar a ser miembros de la ASOCIACIÓN SOCIEDAD PERUANA DE ODONTOPEDIATRÍA, para lo cual deben cursar carta dirigida al Presidente del Consejo Directivo. Los asociados podrán ser excluidos de la asociación de acuerdo a la gravedad de la falta cometida y será evaluada por la Comisión de Honor.

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Socio Estudiante

 

Para ser SOCIO ESTUDIANTE se requiere reunir los siguientes requisitos:

1. Ser estudiante a tiempo completo de un Programa de Especialización conducente a la obtención del Título de Especialista en Odontopediatría o similar conferido por una universidad reconocida (enviar documento que certifique estudios emitido por la Universidad).

2. Ser propuesto ante el Consejo Directivo por 2 miembros activos hábiles quienes firmarán la solicitud de ingreso que deberá ser enviada junto con el curriculum vitae con la documentacion sustentatoria correspondiente.

3. Los Miembros Estudiantes están exonerados del pago de cuotas societarias anuales hasta el año correspondiente al término de sus estudios.

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